Renta 2015: hora de rendir cuentas. En B2B te ayudamos.

Renta 2015: hora de rendir cuentas. En B2B te ayudamos.

Ha llegado Abril y con él, la temida declaración de la renta 2015. Un procedimiento obligatorio para aquellos que ingresan más de 22.000 euros anuales y que permite a la Agencia Tributaria poner sus cuentas en orden y pedir o devolver a los contribuyentes el dinero que les corresponde. Aquí le presentamos unas pinceladas para presentar sus cuentas este 2016,
A partir del 6 de Abril se abrirá el plazo para presentar de forma online el borrador de Renta y las declaraciones de Renta y Patrimonio de 2015,
Este borrador es un documento que la Agencia Tributaria envía en el que se hace una estimación de la declaración de cada uno basándose en los datos proporcionados por los ingresos y las retenciones. Si el interesado cree que la estimación es acertada, puede confirmar dicho documento y presentarlo como declaración definitiva.
Sin embargo, en muchas situaciones el borrador no aparece como tal, sino que el documento que muestra la web son los datos fiscales. Si usted ha comprado y vendido acciones o tiene más de un pagador, lo normal es que la Agencia Tributaria le remita simplemente los datos fiscales.
Del 10 de mayo al 30 de junio
Presentación de la declaración de la renta en una entidad física. Durante este periodo los usuarios pueden entregar en las oficinas de la Agencia Tributaria, en organismos de las Comunidades Autónomas o en entidades colaboradoras una copia de su borrador en papel y de la declaración anual.
En caso de que la declaración de la renta sea a devolver o se desee domiciliar el pago el plazo máximo para presentar la documentación finalizará el 25 de junio.
No obstante, aunque no resulten obligados a declarar, todos los contribuyentes que tengan derecho a recibir una devolución tienen que confirmar el borrador o presentar la declaración para obtener su devolución.

Renta Web
Renta Web, se presenta como novedad en el ejercicio de presentación del IRPF 2015, un programa que se descarga para la confección de la declaración del IRPF.
La implantación de RENTA WEB, es un sistema novedoso que se utiliza para la presentación de la declaración de IRPF ONLINE. Permite realizar el ejercicio IRPF sin necesidad de instalar el programa PADRE en el ordenador. Además permite acceder desde cualquier dispositivo móvil. Con el nuevo programa Renta Web, desaparece la diferencia entre el borrador y el programa PADRE. Por lo tanto el borrador en Renta Web pasaría a llamarse PREDECLARACIÓN.

Existe en el portal de la AEAT un icono identificativo denominado RENTA WEB, que sustituye al icono de solicitud de borrador de la declaración.
Una vez que se acceda al icono “Renta Web” se puede acceder mediante tres vías:
• Certificado electrónico o DNI electrónico.
• Clave PIN.
• Número de referencia.
Una vez entramos en el sistema, la aplicación RENTA WEB permite aceptar los datos personales, y también admite ver un resumen de declaraciones o presentar la declaración.
¿Cuáles son los inconvenientes de utilización del sistema Renta Web?

El principal inconveniente de utilización del sistema Renta Web es confirmar una declaración con datos incorrectos; ya que los datos suministrados por la administración no siempre son los correctos. Normalmente pueden aparecer las siguientes complicaciones con:

• Los ingresos no computables que no aparecen.
• Ingresos que aparecen en el programa Renta Web y que no corresponden.
• Aplicación de deducciones fiscales que por la situación personal del contribuyente viene aplicadas en Renta Web y no le corresponde.
• Deducciones fiscales que no vienen aplicadas en Renta Web y le corresponden.
• Datos erróneos en general.

Por lo tanto y en definitiva, los datos hay que comprobarlos, constatarlos y complementarlos para que la declaración quede correctamente confeccionada y optimizada fiscalmente.

 

Fuente: Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Málaga.

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