Registro de la Jornada Laboral: Evolución y dudas

El mes pasado escribimos en nuestro blog una noticia que estaba en boca de todos los empresarios y trabajadores. En él, os explicábamos en qué consistía el nuevo registro de jornada laboral que entró en vigor el pasado 12 de mayo. Hoy, queremos analizar con vosotros su evolución y resolver algunas dudas que han podido surgir.

Evolución

Hasta la fecha, este nuevo registro de horario ha traído más críticas que buenas palabras. Muchos empresarios consideran que esta nueva medida perjudicará en gran medida a las pequeñas y medianas empresas por sus dudas a la hora de aplicarlo.

Aunque si en tu empresa aún tenéis dudas, debes saber que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social no multará desde el primer día a toda aquella empresa que carezca de registro, siempre y cuando sea capaz de acreditar que está en proceso de implementación con sus trabajadores. Así lo indicaron fuentes del Ministerio de Trabajo en Europa Press el pasado 2 de mayo.

Dudas

¿Qué empresas están obligadas? Todas las empresas estarán obligadas sin excepción.

¿Para qué sirve? El motivo principal es poder registrar la duración de las jornadas laborales y conocer si un trabajador realiza horas extras.

¿Qué sistema de control pueden utilizar las empresas? La empresa puede utilizar el sistema que considere más adecuado. Puede llevar el registro tanto manual como digitalmente, siempre y cuando esté a disposición de los propios trabajadores como de la Inspección de Trabajo y los Representantes Legales de los trabajadores durante un plazo de 4 años.

¿Se debe registrar el tiempo de descanso? Sí, será necesario indicar pausas y descansos para que no se considere como tiempo de trabajo efectivo entre la hora de entrada y salida.

¿Cómo me afecta esta ley como trabajador? Esta nueva ley está diseñada principalmente para mejorar la calidad del empleado en su puesto de trabajo. Ya que con su puesta en marcha se pretende acabar con las horas extra no pagadas.

 

En resumen, esta nueva ley trae consigo aún muchas dudas tanto a empresarios como a trabajadores. Pero estamos seguros de que con el paso del tiempo, el Ministerio de Trabajo conseguirá aclarar todas las dudas que puedan surgir.

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *